Las reclamaciones que puedan presentarse por actos u omisiones producidos durante la celebración de la exposición, y no puedan ser solucionadas en el transcurso de la misma, deberán ser formuladas por el expositor mediante escrito razonado, con aportación de pruebas, si las hubiera, dirigido al Presidente de la Comisión Ejecutiva de la exposición, previo depósito de 60 euros, todo ello entregado en las oficinas de la sociedad organizadora instaladas en el recinto de la exposición antes de su clausura o en la sede social de ésta en el plazo máximo de ocho días hábiles, a contar desde el siguiente al del término de la exposición.
En caso de que fuese estimada la reclamación, se devolverá al reclamante el depósito efectuado.