La RSCE ha fusionado en dos únicas normas, con entrada en vigor el próximo 01/01/2020, toda la normativa existente en la materia, dispersa en diferentes normas y circulares, cuya regulación se mantiene en sus rasgos fundamentales:
  • El Reglamento de Agility de la RSCE para las competiciones y pruebas nacionales que organice o autorice organizar la RSCE, salvo las pruebas selectivas, cuyas novedades más destacadas son las que siguen:
  • Incorporación de dos alturas de salto más, manteniéndose las tres categorías actuales (pequeña, mediana y estándar), que se añaden a las tres alturas de salto contempladas en el Reglamento de Agility de la FCI (55-60 cm, 35-40 cm y 25-30 cm) para ser acordes con la altura a la cruz del perro participante: 45-50 cm para los perros por debajo de 50 cm a la cruz, y 15-20 cm para los perros por debajo de 28 cm a la cruz.
  • Obligatoriedad de nueva medición, siempre y en todo caso, sin excepción, mediante los medidores oficiales de la RSCE, para todos los perros participantes, salvo los de la categoría mediana que hayan sido medidos para su participación en el Campeonato del Mundo de Agility FCI (AWC), en el Campeonato European Open de Agility FCI (EO), en las pruebas selectivas para representar a la RSCE en dichos eventos, en el European Open Junior, o en el Campeonato en España de Agility de la RSCE individual.
  • Suscripción por la RSCE de seguro colectivo de accidentes, de adhesión obligatoria para todos los guías, sin excepción, para poder participar.
  • Dieta diaria del juez por otros gastos por cada día de juicio, hasta un máximo de 50 € si ha juzgado en la prueba cincuenta o más perros, y hasta un máximo de 85 € si ha juzgado cien o más perros.
  • Grado I con posibilidad, a criterio del club organizador, de tres (3) recorridos, que podrán ser de Agility o de Jumping, debiendo realizarse siempre al menos uno de Agility, y ascenso a Grado II con tres (3) recorridos de Agility, o dos (2) recorridos de Agility y dos (2) de Jumping, con calificación de “Excelente”, sin penalizaciones, con al menos dos jueces diferentes.
  • Regulación de la condición de discapacitado y de los requisitos para su clasificación para el Campeonato en España de Agility.
  • Exceptuación en Grado II de la penalización de tiempo por exceder el (TRS) a los denominados puntos de velocidad.
  • Campeonato en España de Agility Sénior, en el mismo evento del Campeonato en España de Agility de la RSCE individual, para aquellos binomios cuyos guías sean mayores de sesenta (60) años el día de la celebración del mismo.
  • Posibilidad de aquellos clubes de Agility que no puedan formar ningún equipo que le represente en el Trofeo Interclubes de que se autorice su representación en dicho campeonato con un equipo, siempre que los tres binomios se encuentren en Grado II o III y participen a través de dicho club.

 

Estado de la Norma:
Versión consolidada al 25 de septiembre de 2019
Periodo de exposición pública hasta el 1 de octubre de 2019
Entrada en vigor el 1 de enero de 2020

 

 

 

Quiénes somos

La Real Sociedad Canina de España (RSCE) fue fundada con el nombre de Sociedad Central de Fomento de las Razas Caninas en España (RSCFRCE) el 27 de junio de 1911, legalmente constituida el 12 de julio de 1911 y se le concede el título de “Real” por S. M. El Rey D. Alfonso XIII el 1 de diciembre de 1911


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