Cesión temporal de propiedad de la hembra

El propietario de una hembra que figure inscrita en alguno de los Libros de Orígenes de la RSCE, puede cederla a un tercero para realizar una camada. Esa persona será considerada como criadora de esa camada y podrá inscribir a su nombre los cachorros que nazcan.

63,00 

Seleccionar archivo o arrastrar y soltar

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.