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FAQ´S

El pedigree es el árbol genealógico de un perro, que certifica que es de pura raza. En él constan sus datos (nombre oficial, raza, color y/o variedad, número de LOE, fecha de nacimiento, número de microchip y datos del criador y el propietario), así como sus antepasados.

La inscripción en el LOE debe ser solicitada por la persona que consta en el pedigree de exportación. Para ello, debe cumplimentar la Solicitud de Inscripción para Perros importados, que puede descargarse desde la web de la RSCE, www.rsce.es. Posteriormente, podrá Vd. solicitar la transferencia de propiedad a su nombre. 

Debe solicitar un pedigree de exportación. El procedimiento a seguir es remitir el Justificante de Inscripción en el LOE original, debidamente cumplimentado y firmado al dorso. Recomendamos adjuntar copia de la tarjeta de identidad o pasaporte y que el envío se realice por correo certificado. Se deberán consultar las tarifas vigentes en cada caso para realizar el pago de la tramitación.

Para solicitar el pedigree del ejemplar adquirido, no es necesario ser socio de la Real Sociedad Canina de España.

Para solicitar afiliarse a la RSCE, se deberá cumplimentar el impreso correspondiente, aportando todos los datos en él solicitados, y enviarlo por e-mail, junto con fotocopia del DNI del interesado y el pago correspondiente, según la tarifa vigente en cada momento. 

Más información en este enlace.

Para solicitar abonarse a la RSCE, se deberá cumplimentar el impreso correspondiente, aportando todos los datos en él solicitados y enviarlo  por e-mail, junto con fotocopia del DNI del interesado y el pago correspondiente, según la tarifa vigente en cada momento. 

Más información en este enlace.

Los socios de la RSCE tienen derecho a asistir a las Asambleas de Socios de la RSCE y a ejercer su derecho al voto. Asimismo, reciben precios especiales en sus tramitaciones.

El abonado solo se beneficia de precios más reducidos en sus tramitaciones. Por tanto, los abonados tendrán todos los derechos de los socios, excepto el de asistir a las Asambleas de Socios de la RSCE y poder votar.

Pasado el periodo de cinco años, los abonados pasarán a ser socios de número y podrán ya asistir a las asambleas y ejercer su derecho al voto.

 

Los socios de la RSCE se benefician de un porcentaje de descuento en todas sus tramitaciones con la RSCE. 

Asimismo, tienen derecho a asistir a la Asamblea de Socios anual y a ejercer su derecho al voto.

Se puede consultar toda la información relativa a la solicitud de un afijo en este enlace.

Para poder participar en una exposición organizada o autorizada por la RSCE, el ejemplar tiene que estar incrito en el LOE o RRC. Al ser usted residente en España, tiene que solicitar el Export Pedigree en la Sociedad Canina del país de origen del perro y posteriormente inscribirlo en la RSCE.

En este enlace, se puede consultar toda la información necesaria sobre el procedimiento para realizar las pruebas de ADN a un perro.

Es necesario aportar el Certificado de Clase Tabajo (Working Class Certificate), expedido por la sociedad canina del país en el que el ejemplar esté inscrito, que acredite que cumple los requisitos para poder participar en dícha clase.

Es necesario enviar un e-mail a trabajoutilidad@rsce.es o a agility@rsce.es con los datos del ejemplar que ha superado la Prueba de Sociabilidad (nombre, número de licencia, número de microchip y datos del guía) y los datos de la Prueba en la que fue superada (organizador, fecha, lugar, juez), así como abonar la tarifa que esté vigente en ese momento.

A principios del año 2023, la RSCE firmó un acuerdo con la empresa de seguros para mascotas Petplan.es España, para promover y facilitar a socios, criadores y usuarios la posibilidad de tener seguros para nuestros perros.
Para ser admitido a examen para Juez de Concurso Nacional, el aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos:  
a) Los comprendidos en el artículo 1 de este reglamento. 
-Ser español(a) o extranjero(a) residente en España, tener cumplidos 21 años de edad y estar en pleno disfrute de todos sus derechos civiles.  
-No haber sido sancionado(a) en virtud de expediente disciplinario por la RSCE u otra sociedad canina afiliada a la FCI con la pérdida de la condición de juez canino, a no ser que la sanción haya sido levantada por la sociedad que la impuso.  
-Ser socio(a) de número de la RSCE con, al menos, un año de antigüedad.  
-No haber sido condenado por malos tratos a los animales.  
-Acreditar buena conducta cívica y societaria, no existiendo en contra del aspirante alguna sentencia firme, por delito contra las personas o la propiedad.  
-Haber sido considerado apto en las pruebas teóricas y prácticas que se especifican en el presente reglamento. 
b) El futuro candidato debe demostrar que es criador con propio afijo registrado y que tiene perros inscritos en el Libro de Orígenes Español o demostrar que logró resultados notables como expositor durante 5 años como mínimo o demostrar que ha estado involucrado de forma activa y responsable en el mundo canino durante 5 años como mínimo.  
c) Ser Comisario Principal de la RSCE y haber realizado un mínimo de 12 Comisariados en esta categoría en Exposiciones Internacionales, Nacionales y Monográficas en las que se ponga en competición el CAC (Certificado de Aptitud de Campeonato) de la RSCE, dos de los cuales deberán ser realizados en puntos obligatorios, habiendo transcurrido un mínimo de dos años entre el primero y el último.  
d) Los que, en cada convocatoria de examen, marque la Comisión de Jueces.  
e) Abonar las tasas correspondientes de examen. 
f) Presentar una solicitud firmada, justificando documentalmente los requisitos exigidos, dirigida a la Comisión de Jueces, en la cual se haga constar expresamente el acatamiento de los Estatutos, Reglamentos y demás disposiciones que dicte el Comité de Dirección dentro de sus atribuciones.