Contribución de la RSCE a la Ley de Bienestar Animal

Borrador del Real Decreto de Derechos y Bienestar Animal
Respuesta a las alegaciones presentadas por la RSCE
Dossier sobre Núcleos Zoológicos de la RSCE
Aportaciones al Proyecto del Real Decreto

Charlas informativas

Estrategia de la RSCE para las aportaciones al R.D. Núcleos Zoológicos
El pasado 22 de octubre, la RSCE celebró una charla online en la que presentamos los logros alcanzados en el acompañamiento técnico y de interlocución para la redacción de la Ley de Derechos de los Animales, y recogimos sugerencias y aportaciones de los criadores asistentes.

Los criadores de la RSCE, unidos y comprometidos con el futuro de la cría selectiva, dialogan con Ramón Becerra
La charla sirvió para abordar los avances en el Reglamento de Bienestar Animal y en el futuro Real Decreto de Núcleos Zoológicos. Becerra destacó la voluntad histórica de diálogo y reconoció que “la experiencia y el saber hacer de la Canina en materia de cría y bienestar” ha permitido introducir cambios significativos en el texto reglamentario, especialmente sobre la cría especializada.

Preguntas y respuestas de la charla informativa del 22/10/25

Sí. Se busca precisamente que los criadores familiares estén reconocidos legalmente sin necesidad de núcleo convencional.

El Real Decreto, al tener carácter nacional, servirá de base para exigir la adaptación de ordenanzas locales.

Se dará prioridad al número de camadas, pero también se tendrá en
cuenta el número de hembras en edad reproductiva. Perros retirados no contarán.

Se exigirá que el RD incluya controles reales y estándares de cría responsable, con posibilidad de colaboración de la RSCE.

Sí. El registro oficial de criadores lo permitirá, aunque no se tenga núcleo si no es obligatorio.

Se incluye una disposición transitoria que permite continuar con la actividad hasta la aprobación de la nueva normativa.

No. La RSCE defiende el control genético y sanitario para evitar esos escenarios y proteger todas las razas.

El RD será de aplicación nacional. Las CCAA no podrán hacerlo más laxo y los ayuntamientos deberán respetar el marco general.

No es objeto del RD. Los impuestos dependen de Hacienda y no se incluyen en este proceso normativo.

Se buscará flexibilidad y proporcionalidad, valorando realidades diversas sin aplicar el modelo ganadero industrial.

Sí. Se propone que la RSCE pueda actuar como agente técnico colaborador de la administración.

Preguntas y respuestas de la charla informativa del 29/10/25

CEPA: Consejo Estatal de Protección Animal.

SICERPA: Es un sistema centralizado que interconectará los registros autonómicos de identificación animal, permitiendo una trazabilidad más eficiente y una gestión nacional unificada.

Tras la exposición pública, pasa por informes de ministerios, Comisión Europea y Consejo de Estado. Si no hay cambios sustanciales, la previsión es elevarlo al Consejo de Ministros en el primer trimestre de 2026

Sí. Además del itinerario formativo, se contempla reconocimiento de la experiencia (tramitación por CCAA), modelo ya usado en otras profesiones. 

Sí. Se trabaja en abrir una segunda vocalía para la cría especializada, con selección por méritos y representatividad. 

No. Se introduce una disposición transitoria para que la cría especializada en domicilio pueda seguir ejerciéndose legalmente mientras se aprueba la norma específica de núcleos en domicilio. Requiere comunicación a la autoridad competente. 

No. Habrá graduación de requisitos: no es lo mismo un gran núcleo profesional que una cría reducida en domicilio. 

Es competencia local/autonómica (actividades “molestas, nocivas, insalubres y peligrosas”); tocaría vía judicial si hay indefensión. La DGDA no puede forzar decisiones municipales. 
No necesariamente: colección privada sin cría ni comercio no encaja igual que una actividad económica. Depende de normativa autonómica/municipal. 

Se busca homogeneización europea con el reglamento UE de bienestar de perros y gatos; preocupación por importaciones desde países con estándares bajos. 

Aunque estén fuera de la Ley 7/2023, no quedarían fuera de sanidad animal (núcleos), y se busca la aplicación más amplia posible en la nueva regulación.

Sí. Habrá un Real Decreto de identificación con contenidos mínimos comunes y SICERPA, un sistema central que interconecta registros autonómicos y permite consultar datos clínicos y búsquedas de forma inmediata en todo el país. 

El reglamento incorpora la definición legal: requiere genealogía/pedigree reconocido. Se contempla la cría selectiva y el mantenimiento de razas (incluidas españolas y en riesgo) con posibles excepciones avaladas por comisión científica o CCAA. 

La fiscalidad no cambia por esta ley: vender un animal implica las obligaciones tributarias que correspondan, que dependen de Hacienda/CCAA. El registro de criadores es autonómico, con validez nacional y requisitos mínimos comunes; la transitoria cubre a la cría especializada hasta el RD de núcleos.

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