CRIADORES RSCE
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Kram de Alderrabel

Dos Fiunchos do Peirao

Dracarys Poodles

Teléfono: 679 547 653
E-mail: [email protected]
Web: https://www.facebook.com/profile.php?id=100088391966776
Los dos pilares fundamentales de nuestra cría son el bienestar y la salud de nuestros perros y los cachorros que criamos, por ello todos nuestros ejemplares viven como lo que son, parte de la familia, y además están testados de 13 enfermedades genéticas.
Dream Shannara

Teléfono: 663 818 259
E-Mail: [email protected]
Web: www.dreamshannarapoodles.com
Instagram: @dreamshannara.poodles
En DREAM SHANNARA, criamos Caniches Gigantes de forma responsable y familiar, asegurando su salud, carácter y belleza. Nuestros ejemplares viven en casa y pasan por pruebas de salud rigurosas, que demuestran su calidad como campeones en exposiciones de belleza. Con formación como adiestrador canino profesional, utilizamos un método de estimulación temprana para promover la socialización y la confianza en nuestros cachorros. Nuestro objetivo es que cada uno tenga una vida feliz y sana en el mejor hogar.
Jontari

Teléfono: 610 243 889(Ricardo) / 661 238 454 (Naty)
E-mail: [email protected] / [email protected] / [email protected]
Núcleo Zoológico: ES310220000153
Más de 25 años dedicados a la cría y selección responsable de estas maravillosas razas, con infinidad de campeones de nuestro afijo
Norteynada Kennel

Teléfono de contacto: 678 711 438 / 673 227 742
E-mail:[email protected]
Web: www.norteynada.com / www.tienda.norteynada.com
Instagram: @norteynadashop
TikTok: @norteynadashop
Youtube: https://www.youtube.com/channel/UCeGM46IiNDbY-PkvP3zG-9g
Facebook: https://www.facebook.com/norteynada.kennel
“Criamos Sueños”
Mas de 25 años dedicados a la selección y crianza de razas puras.
En Norteynada encontrarás perros criados en familia. Salud, carácter y belleza.
Asesoramiento y acompañamiento de por vida es nuestra señal de identidad.
¡Contacta con nosotros y te sentirás como en casa!
Registro de Criadores de Animales de Compañía
De conformidad con lo previsto en el artículo 53 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (en adelante, Ley de Bienestar Animal), la actividad de la cría de animales de compañía solamente podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía* (*pendiente de desarrollo reglamentario).
La inscripción en el Registro de Criadores de Animales de Compañía supondrá la adquisición oficial de la condición de criador y constituirá, una vez validada por la Administración competente, la autorización para el desarrollo de sus actividades conforme dispone el artículo 54 de la Ley de Bienestar Animal.
En esta sección encontrarás:
- Datos de personas y/o entidades que tiene la condición de criador/es oficiales y la información para comprobar esta condición (Núcleo Zoológico)
- Datos de personas o entidades que están en trámites para adquirir la condición de criador/es oficiales, haciendo constar expresamente “en trámite” aquel requisito que se esté desarrollando.
Decálogo del buen criador
EL BUEN CRIADOR RSCE, EL CRIADOR RESPONSABLE DEBERÁ:
1.-Conocer y cumplir el Reglamento del LOE de la RSCE.
2.-Seleccionar a los ejemplares con los que va a criar, realizando todas las pruebas veterinarias pertinentes, con el objeto de descartar enfermedades consideradas graves y, así, evitar la propagación de enfermedades genéticas. Esta inversión, en pruebas de salud y en la selección del carácter y el comportamiento de los ejemplares reproductores, generará unas líneas de sangre sanas y equilibradas.
3.-Mantener a los ejemplares en unas condiciones de vida dignas que garanticen su bienestar, derechos y desarrollo saludable; incluyendo una buena alimentación, una higiene adecuada y unos cuidados veterinarios necesarios.
4.-Aportar, si así se le solicita, la documentación necesaria que verifique si los padres y abuelos del cachorro han sido evaluados, con el propósito de descartar problemas congénitos y poder garantizar su bienestar, derechos y desarrollo saludable.
5.-Tramitar la documentación, dentro de los plazos establecidos por esta RSCE y entregar, si así se le solicita, la documentación necesaria que verifique si los padres y abuelos del cachorro han sido evaluados, con el objeto de descartar problemas congénitos.
6.-Proporcionar la documentación correspondiente al nuevo propietario y, a su vez, notificar a la RSCE los datos de este, para mantener la integridad de los libros de registro.
7.-Un buen criador RSCE no deberá engordar camadas con cachorros externos, ni de otras camadas, aun siendo estas propias.
8.-Dedicar el tiempo necesario a sus cachorros, antes de su entrega, para favorecer una socialización y unos estímulos tempranos que ayuden a formar el temperamento adecuado a su raza, estable y libre de traumas, para la buena integración en la vida familiar y social.
9.-Desempeñar una función educativa e informar, convenientemente, a los posibles futuros propietarios, sobre las características de la raza y de sus obligaciones hacia el cachorro y descartando a aquellos que no estén preparados para asumirlas.
10.-Entregar a los cachorros, con un contrato de cesión/compraventa, en buen estado sanitario e identificados mediante microchip.
¿Quieres comprar tu primer perro de raza? ¿Tienes dudas? ¡Aquí te ayudamos!
Si decides adquirir un perro de raza, sigue estos pasos clave:
Elección de la raza y criador: Investiga bien la raza que deseas y busca criaderos especializados. Puedes encontrar criadores a través de exposiciones caninas o en nuestra sección de criadores.
Contrato de cesión o de compra-venta: Al elegir tu perro, establece un contrato de cesión o de compra-venta con el criador. Este contrato formaliza los términos de la cesión y te da seguridad sobre la transacción.
Libro de Orígenes Español (LOE/RRC): Asegúrate de que el criador registre el cachorro en el LOE o RRC y te entregue el Justificante de Inscripción de tu cachorro. Ese documento necesario para solicitar el pedigree a tu nombre.
Cambio de titularidad del microchip: Al adquirir el perro, cambia la titularidad del microchip a tu nombre, ya sea a través del colegio de veterinarios de tu comunidad autónoma o mediante tu veterinario.
